Aviso de Regata Copa de Verano 2016

In Copa de Verano 2016 Waszp Moth AR by YCA

1. REGLAS:
1.1 La Copa de Verano será corrido bajo las “Reglas” tal como las define el Reglamento de Regatas a Vela de la ISAF 2013-2016 (RRV).
1.2 En caso de existir alguna diferencia entre este Aviso y las Instrucciones de Regata, prevalecerán estas últimas. Esto modifica la regla RRV 63.7.
1.3 Se modifica la regla 44.1 sustituyendo los dos giros por un giro.

2. PUBLICIDAD:
2.1 Será de acuerdo a la Regulación 20 de la ISAF y las reglas de la clase.

3. ELEGIBILIDAD E INSCRIPCIÓN:
3.1 La Copa de Verano es abierto a todos los barcos de las clases Moth y Waszp.
3.2 Serán recibidas vía web http://www.yca.org.ar hasta las 12.00 horas del viernes 2 de diciembre.
3.3 El valor será de $900.
3.4 Será requisito para habilitar a la clase una inscripción mínima de 5 barcos.
3.5 Para aquellos participantes menores de 18 años que no figuran en el listado de Limitación de Responsabilidad que publica la Federación Argentina de Yachting en su web, deberán presentar en el momento de la inscripción, el formulario correspondiente, firmado por el padre o tutor y certificada por Escribano. Dicho formulario está publicado en el sitio web de la FAY (http://www.fay.org) y en el del Yacht Club Argentino con la información de este Campeonato (http://www.yca.org.ar)

4. PROGRAMA:
4.1 Sábado 3/12/16 12.00 hs primera señal de atención
Domingo 4/12/16 12.00 hs primera señal de atención

4.2 Las regatas programadas son 8.
4.3 La CR podrá completar hasta 5 regatas por día.

5. INSTRUCCIONES DE REGATA:
5.1 Estarán disponibles desde el 2 de diciembre a las 12 via web en www.yca.org.ar.

6. ZONA DE REGATAS Y RECORRIDOS:
6.1 Zona de regata: En las inmediaciones del Puerto de Buenos Aires
6.2 Recorrido: Barlovento – Sotavento a determinar en las instrucciones de regata.

7. PUNTAJE:
7.1 El campeonato será válido con las regatas completadas.
7.2 Si se completan de 5 a 8 regatas, el puntaje de series de los barcos será el total de sus puntajes de regata, excluyendo su peor puntaje.

8. ARBITRAJE:
Las decisiones finales y acciones tomadas por los organizadores, relativas a cualquier controversia de índole patrimonial o de cualquier otra naturaleza, que exceda el marco decisorio establecido por el Reglamento de Regatas a Vela de la ISAF, pero que tenga origen directo o indirecto en la competencia o en hechos o actos vinculados a la misma, que puedan involucrar a los participantes con los organizadores o con otros participantes, o a cualquiera de los mencionados entre sí, en forma conjunta o indistinta, no serán recurribles ante los tribunales de la Justicia Nacional, Provincial ni Municipal. Solamente podrán ser sometidas, por cualquiera de las partes involucradas, al arbitraje del Tribunal Arbitral de Derecho Deportivo, el que establecerá las normas de procedimiento y cuyo laudo será vinculante, definitivo e inapelable.

9. NEGACION DE RESPONSABILIDAD:
Decisión de Regatear: la responsabilidad por la decisión de un barco de participar en una regata o de continuar regateando, es exclusiva del barco. Regla Fundamental 4 del RRV.
Todos los participantes admiten que compiten voluntariamente y bajo su propio y exclusivo riesgo, teniendo pleno conocimiento que la competencia puede ser peligrosa, por lo que liberan de toda responsabilidad, directa o indirecta y con tanta amplitud como lo permita la ley, a los organizadores, coorganizadores, autoridades, oficiales y jueces, y/o agentes y/o empleados de los organizadores y coorganizadores y/o prestadores de servicios, en forma onerosa o gratuita, por cualquier daño, erogación, lesión y/o pérdida de la vida y/o de los bienes que pudiera sufrir y renuncian a cualquier acción, demanda o reclamo ante los tribunales ordinarios de Justicia ordinaria, por que aceptan someterlas al arbitraje. Esta limitación de responsabilidad abarca los hechos que ocurran antes, durante, entre o después de la competencia y actividades conexas, incluyendo la atención y traslado en caso de una emergencia médica.